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Seguro de auto en Argentina: coberturas, qué exige la ley y qué mirar

Qué diferencia hay entre responsabilidad civil, terceros completo y todo riesgo; qué exige la ley para circular; y las cláusulas que definen si un siniestro se paga o no.

Por Equipo Anfibio · Revisión técnica: equipo Anfibio · Verificado: 2026-08-24 · Cómo verificamos
Respuesta directaPara circular en Argentina solo es obligatorio el seguro de responsabilidad civil hacia terceros (ley 24.449, art. 68). Todo lo demás — robo, incendio, granizo, destrucción, cristales — son coberturas voluntarias que se agregan según el plan. La diferencia real entre planes está en las exclusiones y las franquicias, no en el nombre comercial.

Lo esencial

  • La RC obligatoria cubre daños a otros (personas y cosas). No cubre tu propio auto: para eso existen los "terceros completo" (agrega robo, incendio y destrucción total, con variantes de granizo y cristales) y el "todo riesgo" (suma daños parciales de tu vehículo, casi siempre con franquicia).
  • La franquicia es el monto que pagás de tu bolsillo en un siniestro de daños propios. Baja la cuota, pero tiene que ser un número que puedas afrontar.
  • La suma asegurada debe seguir al valor real del auto: si queda desactualizada, ante un robo o destrucción total te pagan menos de lo que vale reponerlo (infraseguro).
  • Las exclusiones típicas que generan rechazos: conductor sin licencia habilitante, alcoholemia positiva, uso comercial no declarado (apps, delivery) y VTV vencida según la cláusula de cada póliza — leé las condiciones particulares.
  • Tras un choque tenés 3 días para denunciar el siniestro a tu aseguradora (ley 17.418, art. 46).

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Preguntas frecuentes

¿El "terceros completo" cubre los daños de mi propio auto en un choque?

No — salvo destrucción total. El terceros completo cubre tu responsabilidad hacia otros más robo, incendio y destrucción total de tu vehículo, pero no los daños parciales propios (chapa y pintura de un choque). Para eso necesitás un plan tipo "todo riesgo", que casi siempre lleva franquicia.

¿Puedo circular solo con la responsabilidad civil obligatoria?

Sí: es el mínimo legal para circular (ley 24.449, art. 68) y te cubre frente a daños a terceros. La decisión de sumar coberturas depende del valor de tu auto y del riesgo que puedas absorber vos mismo.

¿Qué pasa si manejo con la VTV o la licencia vencida y choco?

Depende de la póliza: muchas condiciones particulares excluyen o limitan la cobertura si el vehículo no estaba en condiciones reglamentarias o el conductor no tenía licencia habilitante. Es una de las primeras cláusulas que hay que leer — y una causa frecuente de rechazo de siniestros.

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