Tuviste un siniestro: qué hacer, paso a paso

Acá no vendemos calma: te damos los plazos exactos de la ley, el orden correcto de los pasos y los modelos de nota. Todo con su fuente.

Por Equipo Anfibio · Revisión técnica: equipo Anfibio · Verificado: 2026-08-24 · Cómo verificamos
Respuesta directaDenunciá el siniestro a tu aseguradora dentro de los 3 días de conocido (ley 17.418, art. 46). La aseguradora tiene 30 días para pronunciarse desde la denuncia o desde que completaste la información que te pidió (art. 56); si no contesta en ese plazo, se considera aceptación. Documentá todo desde el minuto uno: fotos, datos del tercero, testigos.

Los tres números que tenés que saber

PlazoQué esFuente
3 díasPara denunciar el siniestro a tu aseguradora desde que lo conocésLey 17.418, art. 46
30 díasPara que la aseguradora acepte o rechace, desde la denuncia o la información complementaria. El silencio es aceptaciónLey 17.418, art. 56
1 añoPrescripción: el plazo general para reclamar judicialmente derechos derivados del contrato de seguroLey 17.418, art. 58
Verificado: 2026-08-24. Los plazos corren en días corridos salvo disposición en contrario; ante la duda, actuá temprano.

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Preguntas frecuentes

¿Cuántos días tengo para denunciar un siniestro a mi aseguradora?

3 días desde que lo conocés, salvo que la póliza fije un plazo mayor (ley 17.418, art. 46). La denuncia tardía puede costarte la cobertura, así que denunciá siempre lo antes posible, incluso si te faltan datos: se pueden ampliar después.

¿Cuánto tiempo tiene la aseguradora para aceptar o rechazar?

30 días desde la denuncia — o desde que recibió la información complementaria que te pidió — para pronunciarse sobre el derecho del asegurado (ley 17.418, art. 56). El silencio vale como aceptación.

¿Puedo arreglar el auto antes de que lo vea el perito?

No conviene: la aseguradora tiene derecho a verificar el daño. Sacá fotos completas de todo, guardá los presupuestos y esperá la inspección o la autorización expresa antes de reparar.

¿Me conviene reclamar a mi seguro o al del otro?

Depende de tu cobertura y del caso: si tenés daños propios cubiertos, tu aseguradora resuelve más rápido y luego repite contra la del tercero. Si solo tenés RC, el reclamo va contra el tercero y su aseguradora. La guía de cada caso lo desarrolla.

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