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Me chocaron y el otro no tiene seguro: qué hacer

La pregunta más repetida del rubro, respondida sin humo: qué hacer hoy, qué reclamar después y contra quién.

Por Equipo Anfibio · Revisión técnica: equipo Anfibio · Verificado: 2026-08-24 · Cómo verificamos
Respuesta directaAunque el otro no tenga seguro, vos denunciá igual a tu aseguradora dentro de los 3 días (ley 17.418, art. 46) y juntá todas las pruebas del hecho. Tus daños se reclaman al conductor y al titular del otro vehículo (responsabilidad civil del Código Civil y Comercial); si tenés cobertura de daños propios, tu aseguradora paga y después les reclama a ellos.

Paso a paso

  1. En el lugar: fotos de los dos vehículos, la posición, los daños y la patente del otro. Pedí DNI, licencia y datos de contacto del conductor, y si podés, testigos. No firmes reconocimientos de culpa ni aceptes arreglos de palabra.
  2. Constancia del hecho: si hay lesionados llamá a emergencias y policía siempre. Sin lesionados, dejá asentada una exposición o constancia del choque según tu jurisdicción — es la prueba de fecha y circunstancias.
  3. Denuncia a tu aseguradora (3 días): aunque solo tengas RC. La denuncia preserva tu cobertura y deja registrado el hecho con tu versión.
  4. Presupuestos y daños: dos o tres presupuestos de reparación por escrito, y si hubo lesiones, toda la documentación médica desde el primer día.
  5. Reclamo al responsable: intimación fehaciente (carta documento) al conductor y al titular registral reclamando los daños. Muchas veces se resuelve en esta etapa o en la mediación prejudicial obligatoria de tu jurisdicción.
  6. Si no responden: vía judicial civil por daños. Tené presente el plazo de prescripción aplicable a tu reclamo y no lo dejes dormir.
Modelo de intimación en preparación. Estamos terminando el modelo de carta documento revisado para descargar desde esta página. Si lo necesitás ya, escribinos a hola@anfibioseguros.com.ar.

Preguntas frecuentes

¿Mi propio seguro me cubre si el otro no tiene?

Tu RC obligatoria no cubre tus daños. Si tenés cobertura de daños propios (todo riesgo), reclamá a tu aseguradora y ella después repetirá contra el responsable. Si solo tenés terceros, el reclamo es contra el conductor/titular del otro vehículo.

¿Sirve hacer la denuncia aunque el otro no tenga seguro?

Sí, siempre: la denuncia a tu aseguradora dentro de los 3 días preserva tus derechos (art. 46), y la denuncia policial o la constancia del hecho es la prueba base de cualquier reclamo posterior.

¿Qué pasa si el otro tampoco tiene para pagar?

Es el escenario difícil: podés reclamar judicialmente contra conductor y titular registral, pero la cobrabilidad depende de su patrimonio. Por eso la recomendación de fondo del sitio: la cobertura de daños propios existe exactamente para este riesgo.

Fuentes: Ley 17.418 de Seguros (InfoLeg) · Código Civil y Comercial (responsabilidad por daños) · Superintendencia de Seguros de la Nación. Verificado: 2026-08-24. Esta guía es información general, no reemplaza el asesoramiento de un abogado en tu caso concreto.

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